El derecho a la enseñanza es el derecho de los niños, no de los padres. La Constitución Española en su Artículo 27, apartado 3 establece que: "Los poderes públicos garantizarán el derecho que asiste a los padres para que sus hijos reciban la formación religiosa y moral que esté de acuerdo con sus propias convicciones". Pero sólo las materias relativas a la moral religiosa, no el resto del programa público de educación. El siguiente trabajo es una auténtica lección magistral sobre la Educación Pública.
LA ENSEÑANZA PÚBLICA
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